Procedimiento para la Participación en Comités de REDIIE

1. Propósito
Establecer lineamientos claros sobre la participación en los comités de REDIIE para garantizar una gestión eficiente, equitativa y comprometida por parte de sus integrantes.

2. Alcance
Este procedimiento aplica a todos los miembros de REDIIE que participen o deseen participar en los comités de la red.

3. Lineamiento General

  • La convocatoria para integrar los comités de congresos REDIIE estará abierta tanto a miembros activos de la red como a académicos externos a la organización.
  • La designación de un miembro en los comités de congresos REDIIE tendrá una duración de dos años, con posibilidad de renovación por un período adicional de dos años.
  • Ningún miembro de REDIIE podrá desempeñar más de una función en un comité de manera simultánea. La única excepción corresponde al Presidente de REDIIE, quien, en virtud de sus funciones, podrá presidir todos los comités de la red, garantizando la supervisión general y el alineamiento estratégico de las actividades.

4. Criterios de elegibilidad:

  • Comité Científico: Abierto a Miembros Plenos o Miembros Asociados de REDIIE, así como a investigadores externos que cuenten con el grado de Doctor/PhD.
  • Comité Organizador: Abierto a Miembros Plenos, Miembros Asociados o Miembros Adherentes de REDIIE, así como a colegas externos que posean el grado de Doctor/PhD o Magíster/Máster.

5. Procedimiento

5.1. Postulación a un Comité

  1. Las personas interesadas que cumplan con los criterios de elegibilidad deberán postular a través de los canales oficiales establecidos por REDIIE, especificando el comité al que desean integrarse.
  2. Cada postulación será evaluada por la Presidencia o la Coordinación General de REDIIE, tomando en consideración la experiencia académica y profesional, el tipo de membresía, los aportes previos del candidato y su vinculación con el equipo de REDIIE.

5.2. Verificación de Participación Única

  1. Antes de confirmar la incorporación, se verificará que el postulante cumpla con los criterios de elegibilidad y no esté participando activamente en otro comité.
  2. En caso de detectarse una duplicidad, el miembro deberá elegir en cuál comité desea participar antes de que se formalice su integración.

6. Sanciones por Incumplimiento

  • El incumplimiento de este procedimiento será considerado una falta administrativa y puede derivar en la exclusión del comité o en una revisión de la membresía del implicado, según lo determinen las autoridades de REDIIE.

7. Comunicación y Actualización

  • Este procedimiento será comunicado a todos los miembros de REDIIE y estará disponible en el sitio web oficial de la red.
  • Las actualizaciones a este procedimiento serán aprobadas por el comité directivo y notificadas oportunamente a los miembros.

8. Entrada en Vigencia
Este procedimiento entra en vigencia a partir de su publicación oficial y tendrá un efecto retroactivo, si corresponde.

Fecha: 20 de octubre, 2024

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